A unas horas de haber sido aprobado por el Congreso de la Unión, se publicó este jueves, en la versión vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto que permite a los funcionarios públicos manifestarse sobre la revocación de mandato sin que sea considerado como propaganda gubernamental y sin ser sancionados.

El decreto establece que, como concepto de propaganda gubernamental, en su aplicación contenida en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, artículo 449, numeral 1, incisos b) y d) así como en la Ley Federal de Revocación de Mandato, artículo 33, párrafos quinto y sexto, debe entenderse:

“El conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones y proyecciones difundidas, bajo cualquier modalidad de comunicación social, con cargo al presupuesto público, etiquetado de manera específica para ese fin, por un ente público (poderes de la Federación, entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como órganos constitucionales autónomos, o cualquier otra dependencia o entidad de carácter público), con el objeto de difundir el quehacer, las acciones o los logros relacionados con sus fines, o información de interés público referida al bienestar de la población, cuyas características deberán ajustarse a lo señalado en el artículo 134, párrafo octavo de la Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos”.

«Tampoco constituye propaganda gubernamental la información de interés público, conforme al artículo 3, fracción XII, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que debe ser difundida bajo cualquier formato por las personas servidoras públicas», añade el decreto.

Asimismo, especifica que los servidores públicos deberán aplicar con imparcialidad los recursos públicos “de manera absolutamente ajena a la realización de reuniones públicas, asambleas, marchas y, en general, aquellos actos que impliquen apoyo a personas aspirantes, precandidatas, candidatas o a partidos políticos antes, durante o después de campañas electorales”.

En ese sentido el documento explica que, aquellos que rebasen los márgenes del decreto recibirán sanciones que deberán ser aplicadas bajo el principio de estricto derecho y no podrán aplicarse sanciones por analogía o mayoría de razón

El decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, es decir, a partir de este viernes 18 de marzo. 

Con información de Milenio.