El Senado de la República aprobó por unanimidad una reforma al Código Penal Federal que establece sanciones más severas para aquellos funcionarios, periodistas, youtubers, personas o representantes de medios de comunicación que graben, difundan y distribuyan imágenes de cadáveres de mujeres, adolescentes y niños víctimas de violencia. La reforma, que ha sido enviada a la Cámara de Diputados, contempla penas de hasta 18 años de prisión y multas de hasta 232 mil pesos para quienes incurran en estas prácticas, que lamentablemente se han vuelto recurrentes en casos de feminicidios.
La modificación al artículo 225 del Código Penal Federal se enfoca en la protección de la privacidad y dignidad de las víctimas y ofendidos, así como en preservar la confidencialidad de la información contenida en carpetas de investigación o procesos penales que legalmente deben mantenerse reservados. Se busca garantizar la seguridad, la intimidad, la dignidad y el bienestar físico y psicológico de las víctimas, especialmente cuando se trata de niñas, niños, adolescentes o mujeres.
La reforma pretende enviar un claro mensaje de que la justicia penal no se limita únicamente a la emisión de sentencias, sino que también implica el respeto inquebrantable a la dignidad de las personas y a la memoria de las víctimas, tanto directas como indirectas. Un ejemplo trágico que motivó esta reforma fue la difusión pública de imágenes del cuerpo de Ingrid Escamilla Vargas en 2020, un feminicidio que conmocionó a la sociedad y que, desafortunadamente, fue expuesto de manera irrespetuosa en diversos medios.
En resumen, esta reforma establece penas más severas para quienes divulguen información o imágenes de víctimas de delitos, especialmente cuando se trata de casos que involucran a niñas, niños, adolescentes, mujeres o cadáveres. El objetivo principal es salvaguardar la dignidad y la privacidad de las víctimas, y recordar que la justicia penal implica el respeto absoluto a los derechos humanos de todas las personas involucradas.