La Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) declaró este martes inconstitucional la penalización del aborto y reconoció el derecho a decidir. 

Por unanimidad, los ministros del pleno de la SCJN invalidaron el artículo 196 del código penal de Coahuila que imponía de uno a tres años de cárcel “a la mujer que voluntariamente se practique un aborto». 

«No tiene cabida dentro de la doctrina jurisprudencial de este Tribunal Constitucional un escenario en el cual la mujer y las personas con capacidad de gestar no puedan plantearse el dilema de continuar o interrumpir su embarazo”, argumentó el proyecto del ministro Luis María Aguilar.

El aborto, cuya criminalización es competencia local, sólo está despenalizado en cuatro de los 32 estados del país: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz.

Pero ahora, derivado de una impugnación que la extinta Procuraduría General de la República (PGR) hizo contra el Código Penal de Coahuila en 2017, la SCJN declaró inconstitucional la criminalización de la mujer que aborta y la del personal sanitario que la asiste con consentimiento.

Este fallo ha sido “histórico” porque es la primera vez que el Supremo de México “pone al centro de la discusión el derecho a decidir”, según el ministro Aguilar.