La Suprema Corte ratifica la transparencia en datos de vacunas Covid-19 en México

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dictaminado que la divulgación de datos de identificación de los frascos «ámpulas» utilizados en las vacunas contra el Covid-19, así como información relacionada con la cadena de frío para el almacenamiento de las dosis, no representa una amenaza para la seguridad nacional.

En consecuencia, el pleno de ministros ordenó este martes a la Secretaría de Salud (Ssa) que entregue la información relativa al número, clave, código u otros datos únicos de identificación de cada uno de los frascos «ámpulas» de las vacunas, tanto las que han sido administradas como las que aún no se han aplicado en el país hasta la fecha. Además, se requerirá la versión pública del número de cámaras de frío, refrigeradores, congeladores, vehículos y termos que componen la red de frío utilizada en el Plan Nacional de Vacunación, basándose en los datos más recientes disponibles.

Esto se produce después de que la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) presentara tres recursos de revisión en contra del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). La CJEF argumentó que las resoluciones del INAI que ordenaban la divulgación de esta información podrían poner en riesgo la confidencialidad de los contratos y afectar la seguridad nacional.

En relación con la divulgación de los datos de identificación de los frascos «ámpulas», el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo subrayó que esta información no revela detalles sensibles de los acuerdos de contratación de las vacunas ni facilita su falsificación. Además, enfatizó que la coordinación y administración de estos insumos continúa siendo responsabilidad del gobierno de la República.

En cuanto a los datos sobre la cadena de frío y conservación de las vacunas, Pardo Rebolledo argumentó que no existe justificación para mantenerlos en reserva por razones de seguridad nacional. Más bien, la divulgación de esta información proporcionaría a la ciudadanía detalles relevantes sobre los procesos sanitarios relacionados con las vacunas antes y después de su aplicación.

El ministro agregó: «Se considera que la documentación solicitada se refiere a la cantidad de equipos utilizados para el adecuado almacenamiento y distribución de las vacunas en los servicios de salud, y constituye información cuya respuesta implica una referencia positiva o negativa, sin que contenga datos que puedan comprometer la seguridad nacional del Estado».

Además, destacó que, si bien la Corte había reconocido que las condiciones esenciales de contratación relacionadas con la vacunación contra el Covid-19 pueden estar vinculadas a la seguridad nacional, esto no significa que toda la demás información relacionada con la emergencia sanitaria deba ser clasificada bajo esta misma categoría, ya que cada caso debe ser analizado individualmente.